La Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Trata de Personas de Lima logró que la 1° Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Lima Norte emita el fallo de la sentencia, confirmando los 25 años de pena privativa de la libertad contra la acusada Karina Choquehuanca García, por el delito contra la libertad – violación de la libertad personal – trata de personas con fines de explotación laboral agravada, en agravio de una menor de edad.
Durante el juicio, el Ministerio Público probó que la menor fue captada cuando tenía 8 años de edad, partiendo desde el Caserío Imbo, en Huancabama, región Piura, y fue trasladada a la casa de la sentenciada, ubicada en Lima, con autorización de sus padres, para fines de educación y mejor calidad de vida. El acuerdo incluía acompañar a la hija de ésta, que tenía 2 años de edad.
Sin embargo, progresivamente se le fue imponiendo la realización de labores domésticas, tales como barrer, limpiar, lavar, cocinar, planchar, limpiar baños, lavar ropa de los bebés, ordenar los uniformes, ayudar en las tareas de la hija de la sentenciada, las mismas que realizaba todos los días desde las 05:00 am hasta altas horas de la noche, condicionándola a que, si no terminaba sus labores no podía ir al colegio, perdiendo un año escolar por dichos motivos y por viajes de períodos prolongados a Piura y Huancabamba.
Se acreditó también que la acusada la agredía verbal y psicológicamente, denigrándola constantemente, permitiéndole ingerir sus alimentos solo después que ella y su familia lo hicieran, no pudiendo denunciar estos hechos porque la retenían y controlaban privándola comunicarse libremente con sus padres.
Es a partir de un último episodio grave de violencia, ocurrido el 18 de junio del 2016, cuando la hoy sentenciada la agredió físicamente a causa de romper una mampara mientras hacía las labores de limpieza, que la agraviada se escapó del lugar donde se encontraba retenida y logró denunciar en la comisaría del Tahuantinsuyo, en el distrito Independencia, las lesiones sufridas y por el delito de trata de personas por explotación laboral agravada.
Con la investigación fiscal, se pudo acreditar que la menor estuvo en la casa de la sentenciada desde que tenía 8 hasta los 11 años, haciendo un total de permanencia de 03 años, 05 meses y 21 días.
El Ministerio Público otorgó el tratamiento respectivo a la menor agraviada, en coordinación con UDAVIT, realizando el tratamiento psicológico y psiquiátrico para así superar los traumas debido a los hechos suscitados.
De esta manera, el Ministerio Público, reafirma su compromiso en investigar y sancionar este tipo de hechos delictivos muchas veces normalizados en la sociedad como son la captación y la explotación laboral de niños en situación de vulnerabilidad destinándolos a trabajos domésticos no acordes con su edad, siendo que dichas conductas, en atención a los compromisos internacionales que asume el Estado Peruano y en base al Protocolo de las Naciones Unidas para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños (Protocolo de Palermo), así como la Ley N° 28950 – Ley contra la Trata de Personas, deben ser sancionados drásticamente.
Cadena perpetua contra hombre que abusó sexualmente de su hija
El Cuarto Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Especializada de Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima Norte, obtuvo sentencia de cadena perpetua contra L. P. G. P. (40) por el delito violación sexual en agravio de su hija de 12 años.
“El acusado aprovechó su posición de superioridad frente a la menor para someterla a constantes abusos sexuales”, argumentó durante la audiencia la fiscal provincial Julissa Lorena Vega Vigil.
Asimismo, precisó que los hechos ocurrieron en la vivienda de la familia ubicada en San Martín de Porres, cuando la mamá de la víctima se encontraba trabajando. Las agresiones empezaron cuando la menor tenía 11 años y el último acto de violencia sexual se realizó el 9 de septiembre del 2021, luego de este hecho la menor le cuenta lo sucedido a su mamá y denuncias los hechos.
Finalmente, destacó como elementos de prueba el certificado médico legal que confirma la agresión sexual; el acta de entrevista única de la menor, donde detalla que desde los tres años su padre empezó a tocarla indebidamente y cuando tuvo siete años quiso abusar de ella; la denuncia y declaración de la madre de la agraviada: entre otros.
Cabe mencionar, que el sentenciado también deberá pagar 30 mil soles de reparación civil a favor de la víctima.